LA DESOBEDIENCIA CIVIL
1. RAZONES DE LA PROPUESTA
En la grave situación actual de
crisis económica, política y social, un estudio profundo y reflexivo del concepto de “desobediencia
civil” en sus aspectos teóricos y prácticos, podría constituir una importante y
valiosa herramienta a la hora de construir y dar forma a las diversas acciones
sociales que en diversos ámbitos de la sociedad se están llevando a cabo, no
sólo en Leganés sino en otros lugares de España.
La desobediencia civil posee hondas
raíces históricas(1) y forma parte de una
tradición combativa y reivindicativa por parte de personas o grupo de personas
que han visto, sufrido o padecido la eliminación o supresión de sus derechos
fundamentales o parte de los mismos.
En la actualidad, la eliminación o
cuanto menos la imposibilidad en el acceso y disfrute de estos derechos que
afectan a la infancia pero también a otros grupos sociales, hacen necesario una
puesta al día de la desobediencia civil como marco teórico de las acciones que
se lleven a cabo no sólo en el ámbito educativo sino también en otros.
2. DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS
La diversidad y pluralidad de
análisis y valoraciones que existen sobre la desobediencia civil, no impide que
se pueda dar una definición mínima (2). Así
pues se entiende la desobediencia civil como un tipo especial de negación
de ciertos contenidos de la legalidad, que alcanza su máxima expresión en
sociedades democráticas, por parte de ciudadanos o de grupos de ciudadanos,
siendo tal legalidad, en principio, merecedora de la más estricta obediencia. En esta definición se incluyen tres aspectos
fundamentales:
a) Tipo especial de negación de
ciertos contenidos de la legalidad y que deben ser cumplidos como mienbros de
una colectividad que se define como una “sociedad de derecho”.
b) Es realizado por una parte de
ciudadanos o grupo de ciudadanos, impulsado por un espíritu cívico, conscientes
de sus actos y comprometidos con la sociedad en la que se ejerce.
c) Alcanza su máxima expresión en
sociedades democráticas mostrándose de manera más genuina.
Estos aspectos determinarían un
concepto de desobediencia civil caracterizado por una serie de condiciones que
implicaría que si bien
todo acto de desobediencia civil es un acto de desobediencia a la ley, no todo
acto de desobediencia a la ley es un acto de desobediencia civil.
Las características que definen a la desobediencia civil
son:
a) Es ejercida por personas conscientes y comprometidas con
la sociedad lo que les lleva a ser tan activas como críticas respecto a ciertas
decisiones políticas que se han transformado en ley. Son capaces de imaginar un
orden social mejor y en su construcción la desobediencia civil se convierte en
un procedimiento útil y necesario.
b) El comportamiento de estos ciudadanos no está movido por
el egoísmo sino por el deseo de universalizar propuestas que mejorarán la vida
en sociedad (3).
c) Para los ciudadanos que practican la desobediencia civil
es un deber cívico y una exigencia que procede de ciertas convicciones a las
que es posible atribuir un valor real y constructivo.
e) El ejercicio de la desobediencia civil ha de ser público,
lo que contribuye también a la pretensión de quienes la practican de convencer
al resto de los ciudadanos de la justicia de sus demandas.
f) Su ejercicio no
vulnerará aquellos derechos que pertenecen al mismo bloque legal o sobre los
que se sostiene aquello que se demanda.
g) Con su práctica se promueve la modificación de aquellos
aspectos de la legislación que entorpecen el desarrollo de grupos sociales
marginados o lesionados o, en su caso, de toda la sociedad.
3. JUSTIFICACIÓN DE LA DESOBEDIENCIA CIVIL
EN UN MARCO DEMOCRÁTICO
De lo expuesto con anterioridad se
deduce que la desobediencia civil es una práctica de acción social que se
justificaría fácilmente en una situación de deterioro democrático. Si ese
deterioro democrático se refleja, entre otros aspectos, en actos legislativos
que limiten o violen lo que entendemos por dignidad y desarrollo humanos, estos
pueden ser desobedecidos puesto que atentarían contra los principios
legitimadores del orden social al que pertenecemos. Esta sería la razón por la
cual autores genuinamente liberales y demócratas como J. Rawls, R. Dworkin o H.
Arendt, aprueban de un modo u otro la desobediencia civil.
Así mismo, la desobediencia civil
estaría legitimada cuando las mayorías de hoy tomaran decisiones lesivas e
irreversibles para las mayorías del mañana o para las generaciones venideras .
4. CONCLUSIONES
La aceptación o no de la
desobediencia civil como práctica de acción social legítima está directamente
relacionado con la concepción que se tiene de la democracia, la participación política, el valor de la ley y el cambio político. En
la actualidad se está asisitiendo a un progresivo deterioro y limitación de las
formas de participación ciudadana en los asuntos públicos, de tal manera que
la “participación demócrática” de los
ciudadanos se circunscribirían a unos
mecanismos mínimos de participación política (en elecciones periódicas y en
algún que otro referéndum) reduciendo la práctica de la democracia a estrechos
procedimientos y sancionando una legalidad del sistema político elitista y
autoritario (4). Estas ideas dan forma a
una perspectiva neoconservadora que ven en las diversas formas de participación
ciudadana en los asuntos públicos una
amenaza que compromete gravemente la estabilidad y la gobernabilidad.
Sin embargo si bien nadie
ha proporcionado evidencia alguna de que el ejercicio de la desobediencia civil
haya contribuido al debilitamiento de ninguna democracia, no es menos cierto
que su puesta en práctica y formulación teórica ha permitido importantes
conquistas sociales y una mayor implicación y toma de conciencia en asuntos
públicos monopolizados en exclusiva por los poderes legalmente constituídos.
Finalmente y en la actual etapa de crisis económica,
política y social, la existencia,
justificación y puesta en práctica de la desobediencia civil pone de manifiesto
que sigue abierto uno de los problemas políticos más viejos y tradicionales: el
de la legitimación del poder. Y ello implicaría que en las democracias actuales
no se habría alcanzado la equivalencia entre la legitimidad y la legalidad.
Profundizando un poco más en este aspecto, vemos que en la actualidad las
políticas elegidas por procedimientos democráticos legalmente establecidos no
necesariamente son "buenas" o "legítimas".Por lo tanto, la
legitimidad sería la mayor aspiración de un Estado democrático que pretende que
los ciudadanos acepten voluntariamente y por convicción el orden político y
jurídico. Para Habermas, dicha aceptación voluntaria sólo puede darse si el
ordenamiento jurídico se basa en principios dignos
de ser reconocidos y que expresen un interés susceptible de ser generalizado,
es decir, en principios generadores de consenso. De ahí que la legitimidad
pueda interpretarse como sinónimo de justicia y bien común, que junto con la
seguridad jurídica, son los tres grandes valores del Derecho.
1 El concepto de desobediencia civil tuvo una
amplia repercusión en Europa a raíz de las protestas en los años sesenta del
pasado s.xx en EEUU en el contexto de la lucha por los derechos civiles de los
negros encabezada por Martin Luther King, y las crecientes portestas por la
guerra de Vietnam. Sin embargo el concepto aparece en obras de autores
anteriores como Thoreau, Tolstoi y Ghandi. Incluso en dos de la personlidades
más emblemáticas del siglo XX ; Einstein y Rusell
2 Otra definición interesante sería la
propuesta por John Rawls en su obra Teoría
de la justicia : “un acto público, no violento, consciente y político,
contrario a la ley, cometido con el propósito de ocasionar un cambio en la ley
o en los programas de gobierno. Actuando de este modo apelamos al sentido de
justicia de la mayoría de la comunidad, y declaramos que, según nuestra
opinión, los principios de la cooperación social entre personas libres e
iguales, no están siendo respetados “
3 Con la desobediencia civil una minoría
intenta persuadir a los poderes públicos a que cambien ciertas leyes, políticas
o procesos decisionales. Para ello apela a la sensibilidad moral y conciencia
política del resto de la sociedad, de cuyo apoyo depende su efectividad. Es
decir, la desobediencia civil está dirigida a desencadenar conductas de
terceros para producir un nuevo proceso de formación de la voluntad política,
por lo que trasciende, a dieferencia de la objeción de conciencia, de la esfera
individual a la esfera pública colectiva.
4 En la actualidad se percibe con claridad que
aunque formalmente se le dé un voto a
cada individuo, esto no supone una garantía de que se tenga capacidad de
incidir en las decisiones colectivas, existen otros factores determinantes que
hacen que el derecho "universal" a la participación política no sea
de hecho igualitario. Factores como la desigualdad económica y el hecho de que
se financien con fondos privados las elecciones y los partidos políticos y que
se puedan controlar con poder económico los medios masivos de comunicación,
hace que en el foro político prevalezcan los intereses de los grupos
dominantes. Por ello para Habermas lo problemas de legitimidad en la actualidad
estarían directamente vinculados a los porblemas de desigualdad de diversa
índole.