Blog del proyecto ciudadano "Defensor del Menor" de Leganés


El deber de protección a la infancia es el derecho de la infancia a ser protegida. Este deber nos obliga a nosotros, a nosotras, las personas adultas, a intentar garantizar los derechos fundamentales de los y las menores, y a hacerlo no sólo exigiendo políticas activas, no sólo poniendo en marcha actividades solidarias sino incluyendo también la objeción de conciencia, la desobediencia civil y pacífica a normas y leyes cuando estas repercuten negativamente sobre las condiciones de vida de nuestros niños y nuestras niñas.


miércoles, 5 de marzo de 2025

TRES AMORES ,TRES. TEATRO SOLIDARIO

 Buscar fondos para que los niños y las niñas puedan ir al colegio con los materiales escolares que les piden, pagar las cooperativas de aula y participar en las actividades que los colegios organizan en horario lectivo fuera del centro, es algo que no deberíamos tener que hacer. Porque todas esas cosas forman parte del derecho a la educación y deberían estar cubiertas por los servicios públicos. Pero no lo están, y la infancia no tiene la culpa.

Entradas en las Asociaciones vecinales y media hora antes de la actuación, en el teatro.