Blog del proyecto ciudadano "Defensor del Menor" de Leganés
El deber de protección a la infancia es el derecho de la infancia a ser protegida. Este deber nos obliga a nosotros, a nosotras, las personas adultas, a intentar garantizar los derechos fundamentales de los y las menores, y a hacerlo no sólo exigiendo políticas activas, no sólo poniendo en marcha actividades solidarias sino incluyendo también la objeción de conciencia, la desobediencia civil y pacífica a normas y leyes cuando estas repercuten negativamente sobre las condiciones de vida de nuestros niños y nuestras niñas.
La infancia en emergencia: la inversión en infancia
La cobertura pública de guarderías y servicios de cuidados para menores de tres años es 'significativamente mejorable' vistos los datos de Eurostat y el informe de Funcas. La brecha con la media europea y los países nórdicos demuestra que es necesario invertir más dinero en guarderías públicas y servicios sociales de atención a la infancia (tratamientos, apoyo escolar, comedores...) para situarnos a nivel europeo. Los datos hablan por sí solos:
País % de guarderías ocupadas con financiación pública
Suecía 100
Dinamarca 100
Fiinlandia 97
Holanda 84
Francia 58
Italia 54
Media UE 44
Grecia 37
Portugal 17
Irlanda 10
España 6