Blog del proyecto ciudadano "Defensor del Menor" de Leganés


El deber de protección a la infancia es el derecho de la infancia a ser protegida. Este deber nos obliga a nosotros, a nosotras, las personas adultas, a intentar garantizar los derechos fundamentales de los y las menores, y a hacerlo no sólo exigiendo políticas activas, no sólo poniendo en marcha actividades solidarias sino incluyendo también la objeción de conciencia, la desobediencia civil y pacífica a normas y leyes cuando estas repercuten negativamente sobre las condiciones de vida de nuestros niños y nuestras niñas.


martes, 23 de enero de 2024

Ayudas de la Comunidad de Madrid de desayuno escolar al alumnado de 2º ciclo de Eduación Infantil y de Educación Primaria.

Difundimos información que puede ser de vuestro interés y es especialmente relevante para los centros educativos y AMPAS, para que se le puedan hacer llegar a las familias perceptoras de la renta mínima de inserción o del ingreso mínimo vital, y ayudarlas en el proceso tramitación.


EXTRACTO de la Orden 5074/2023, de 27 de diciembre, de la Consejería de Educación Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de ayudas individualizadas de desayuno escolar al alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil y de Educación Primaria de los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid que dispongan del servicio de desayuno escolar, pertenecientes a familias perceptoras de la renta mínima de inserción o del ingreso mínimo vital, durante el período lectivo del curso 2023-2024.

Enlace a la información:
https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/01/08/BOCM-20240108-30.PDF

Presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la Orden 5074/2023, de 27 de diciembre, en extracto, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (hasta el 29 de enero de 2024), sin perjuicio de los plazos excepcionales previstos en el segundo párrafo del artículo 6.3 de las normas reguladoras. Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial que podrá obtenerse y cumplimentarse a través de la página web institucional de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid) y se presentará en los lugares establecidos en el artículo 8 de las normas reguladoras.

La información más detallada la puedes ver en el siguiente enlace de la Comunidad de Madrid:

https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/ayudas-desayuno-escolar-rmi-o-imv-0

Documentación a presentar:

1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:

Documentos a aportar junto a la solicitud:

1. Pasaporte (sólo extranjeros sin NIE).
2. En su caso, documentación acreditativa de la condición de víctima por violencia de género, a los efectos de evitar que el nombre del centro de matriculación del alumno figure en las listas de beneficiarios de la ayuda.
3. Autorización del padre/madre/tutor no firmante de la solicitud, excepto familias monoparentales.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

1. NIF/NIE.
2. En su caso, información de la Renta Mínima de Inserción (RMI).
3. En su caso, documento acreditativo de ser perceptor del Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

 

Es una información que está facilitando la FAPA "FRANCISCO GINER DE LOS RÍOS" (www.fapaginerdelosrios.org) y creemos que puede ser de interés para muchos centros educativos y familias.

Os dejamos un video de la FAPA sobre la importancia de los comedores escolares en los centros educativos.