Blog del proyecto ciudadano "Defensor del Menor" de Leganés


El deber de protección a la infancia es el derecho de la infancia a ser protegida. Este deber nos obliga a nosotros, a nosotras, las personas adultas, a intentar garantizar los derechos fundamentales de los y las menores, y a hacerlo no sólo exigiendo políticas activas, no sólo poniendo en marcha actividades solidarias sino incluyendo también la objeción de conciencia, la desobediencia civil y pacífica a normas y leyes cuando estas repercuten negativamente sobre las condiciones de vida de nuestros niños y nuestras niñas.


martes, 29 de octubre de 2024

LAS CUENTAS DE UNA SOLIDARIDAD VECINAL QUE BUSCA AMORTIGUAR EL DAÑO DE LA INASISTENCIA DE LA ADMINISTRACIÓN

PROYECTO DEL MENOR DE LEGANÉS

LAS CUENTAS DE UNA SOLIDARIDAD VECINAL QUE BUSCA AMORTIGUAR EL DAÑO DE LA INASISTENCIA DE LA ADMINISTRACIÓN


Garantizar el derecho a la educación, la alimentación, la salud, de la infancia es una obligación de las administraciones.

El derecho a una educación gratuita y de calidad se incumple en nuestro país sistemáticamente:  cada curso escolar, los gastos en materiales educativos, algunos de los libros escolares, las cooperativas de aula y las actividades que se organizan fuera del centro escolar, suponen un gasto importante para las familias.  

Un gasto que muchas no pueden afrontar.  

Presentamos hoy las cuentas de nuestro proyecto, proyecto sostenido fundamentalmente por la solidaridad vecinal, tanto colectiva como individual, que intenta ayudar a niños y niñas a resistir, mientras exigimos firmemente que Ayuntamiento y Comunidad den respuesta a las necesidades básicas de la población infanto-juvenil y protejan sus derechos

En Leganés, hay 31.762 pobres, de los cuales 8.145 son menores de 18 años en situación de pobreza y pobreza severa. 

Sólo hemos llegado a 92.

¿Qué pasa con el resto? 

DATOS DE INGRESOS Y GASTOS 

Desde noviembre de 2023 (no incluye ya el gasto de primeros de curso) a octubre de 2024 (incluye los gastos de inicio de este curso escolar.

INGRESOS

- aportaciones solidarias: 3.783'63, 

- Subvención municipal : 3.966 (2.344 menos que en el ejercicio anterior) 

Total:  7.749.63 

GASTOS

- 6.629.89 material escolar, 

- 382 ópticas 

- 863 cooperativas escolares 

Total: 7.874,89





martes, 22 de octubre de 2024

CAMBIAR LA ORDENANZA DE AYUDAS SOCIALES MUNICIPAL PARA LUCHAR CONTRA LA POBREZA

CAMBIAR LA ORDENANZA DE AYUDAS SOCIALES MUNICIPAL PARA LUCHAR CONTRA LA POBREZA




De la lectura atenta, crítica y constructiva de las ORDENANZAS REGULADORAS AYUDAS SOCIALES y de nuestra experiencia todos los años en la ayuda a múltiples personas con diversas realidades que necesitan solicitar ayudas al Ayuntamiento de Leganés, proponemos los siguientes 5 criterios básicos para mejorar todo el proceso:


  • Prioridad política
  • Transparencia
  • Prioridad económica
  • Tutela responsable
  • Prioridad social:  participación pública

PRIORIDAD POLÍTCA


El relator de la ONU sobre extrema pobreza y derechos humanos, Philip Alston, dijo:  “La pobreza es en última instancia una decisión política, y los gobiernos pueden, si lo desean, optar por superarla”.

Las personas en situación de pobreza necesitan ayuda, cooperación para superarla.  Los ayuntamientos, las administraciones más cercanas están en disposición de hacerlo.  Lo único que se requiere es que acabar con la pobreza se convierta en la primera prioridad política de los partidos y ediles.

La lucha contra la pobreza no puede ser una cuestión de concurrencia competitiva en la que se ayude a las personas hasta que el presupuesto se acabe.  Ha de ser una cuestión de derecho subjetivo en la que se ha de ayudar, obligatoriamente, a quienes la sufren.  Además, garantizar los derechos humanos de las personas es la obligación primera de los poderes públicos.

A partir de acabar con la pobreza se puede y debe avanzar en construir los demás derechos humanos políticos, sociales y económicos. 

Por ello es necesario que las Ordenanzas se adapten a las necesidades de los jóvenes y niños (educación, comedores escolares, …) y de sus familias, tanto si están en tránsito desde otras localidades o de si poseen o no papeles pertinentes para demostrar su situación de necesidad.

Este es el criterio fundamental y en el que se basan todos los demás.  Su aplicación ha de ser continua en todas las fases de la petición de ayuda y el posterior proceso de concesión.

 TRANSPARENCIA

Ocurre que en ocasiones el nivel educativo de l@s demandantes de ayudas no es muy adecuado para entender ni realizar con éxito y rapidez las burocracias que se les piden.  Además, la persona peticionaria de ayuda es extranjera y no entiende, o lo hace con muchas dificultades, el idioma.  También suele ocurrir que la falta de experiencia en realizar burocracias le dificulte el entendimiento del proceso.  O, en ocasiones no tienes los medios necesarios (impresoras, scaneres,… ) para realizar los procesos burocráticos.

El Ayuntamiento debería disponer de los recursos (traductores, ayudantes, acompañantes, …) necesarios para poder realmente prestar el servicio.

También, el Ayuntamiento debería proporcionar fotocopias de la documentación necesaria en varios idiomas (los más habituales) y las direcciones, por escrito, con los horarios de atención de las oficinas donde conseguir los documentos que faltan.

Para que la información sea accesible es necesario que se informe de manera clara con los datos de ayudas que se pueden solicitar, requisitos que se piden en cada ayuda, cuáles son los criterios de evaluación para valorar la petición y cómo puedes reclamar.

15 días hábiles (plazo para subsanar faltas de documentación), en muchos casos, son un periodo complicado de cumplir sin ayuda directa y sin tutela responsable por parte del Ayuntamiento.  Hay que tener en cuenta que las situaciones de necesidad implican estados de ánimo personales muy complicados que merman las capacidades de atención y actuación.  Pero sería un plazo más adecuado si l@s trabajador@s sociales del Ayuntamiento acompañasen a l@s peticionari@s y ejerciesen con su ayuda una tutela responsable.

PRIORIDAD ECONÓMICA

La prioridad política de la que hablábamos antes se concreta en dar prioridad económica a la lucha contra la pobreza.


Entendemos que en un país tan desarrollado social, política y económicamente como el nuestro, combatir la pobreza debe ser una prioridad absoluta, por encima de todo o casi todo lo demás.  No se entiende, ni se puede permitir que los presupuestos de un ayuntamiento no consideren combatir la pobreza en su municipio como la labor principal para poder garantizar lo más básico:   los derechos políticos, económicos y sociales de su población.
Por ello, el Ayuntamiento de Leganés debería presupuestar la cantidad adecuada anual para combatir la pobreza.  Y en el caso de que las necesidades superasen lo presupuestado, se debería legislar lo necesario para que se pudiese complementar el Presupuesto Contra la Pobreza a principios del tercer trimestre del año para poder acometer todas las necesidades.

TUTELA RESPONSABLE


Los poderes públicos y, sobre todo, las administraciones públicas tienen la obligación de velar por la salvaguarda de los derechos de la población.  Entendemos que el derecho a la alimentación, vivienda y educación, entre otros, son algunos de los derechos más básicos que se deben tutelar de manera responsable y comprometida desde todas las administraciones y, especialmente, desde la administración local, la más cercana al ciudadano. De no ser así, incumplen sus obligaciones para con sus ciudadanos, ya sea por acción o por omisión, especialmente a nivel local. 

Por ello, pensamos que el Ayuntamiento de Leganés se debería comprometer en una lucha a fondo contra la pobreza en el municipio y debería ejercer una tutela responsable con la ciudadanía ayudándola en los trámites y haciéndose corresponsable de ellos para que la salida de la pobreza no dependa de entender o no el idioma, los requerimientos legales, la posesión efectiva de los papeles necesarios, el idioma burocrático y los plazos legales.

En aquellos trámites que dependen del Ayuntamiento, estos se realizasen por vía interna de la Ayuntamiento con la ayuda de l@s trabajador@s sociales.  Y que en aquellos trámites que no dependen del Ayuntamiento éste llegase a convenios con las otras administraciones o entidades privadas para que el procedimiento fuese sencillo y l@s trabajador@s sociales pudiesen acompañar a los peticionarios.

PRIORIDAD SOCIAL:  PARTICIPACIÓN PÚBLICA


La participación social en la lucha contra la pobreza es un derecho de la ciudadanía y garantizarla es una obligación de las administraciones.  El Ayuntamiento deberá:

  •    Crear espacios de participación donde la ciudadanía pueda proponer criterios, actuaciones y políticas; 
  •    Difundir información sobre la situación de la pobreza en Leganés para que la ciudadanía sea consciente de la realidad que se vive en Leganés por una parte de l@s vecin@s.
  • Promover el compromiso solidario. 
  • Promover el consenso entre la ciudadanía y el Ayuntamiento en la consecución de erradicar la pobreza.  La participación pública en el proceso de acabar con la pobreza ha de entenderse como un nexo y una colaboración que une Ayuntamiento y ciudadanía, no como una intromisión o una lucha entre ambos. 

La participación social conlleva fomentar la evaluación participativa de la sociedad.  Para que la participación social sea real y efectiva es preciso que exista una evaluación con participación social.

EL PROCESO Y LOS CRITERIOS

El proceso de solicitar ayuda al Ayuntamiento es complejo y largo.  Estas dos características no ayudan a su fácil desempeño.  Por un lado, dificultan la posibilidad de ejercer los derechos básicos de la ciudadanía con necesidades y, además, las ayudas tardan mucho tiempo en llegar y las situaciones a las que han de responder son muy urgentes.  Por ello es necesario reivindicar que se simplifique el proceso y que se admitan elementos como la declaración jurada cuando existen dificultades para conseguir papeles, y el informe de servicios sociales sustituyendo dichos papeles.

A continuación vamos a mostrar, esquemáticamente, los pasos necesarios para la concesión de una ayuda (en la parte izquierda de la página) y lo vamos a acompañar con los criterios anteriores que, en nuestra opinión habría que aplicar en este proceso (parte derecha y escritura en vertical). 

 

En esta primera fase del proceso es fundamental romper las trabas que alejan, habitualmente, a las personas peticionarias de la burocracia administrativa:  no entender el idioma, no entender los trámites a realizar, carecer del vocabulario técnico necesario, la complejidad del proceso, la posesión o no de los papeles necesarios y la multiplicación de esfuerzos para conseguirlos, …

Todo ello se puede arreglar con la determinación del Ayuntamiento y sus funcionarios por optar políticamente por considerar la lucha contra la pobreza en Leganés como su prioridad política.  Esto conlleva asumir el papel de tutela responsable y acompañar corresponsabilizándose a los peticionarios en las tramitaciones necesarias.

Es necesario poner a disposición de los peticionarios las informaciones necesarias en idiomas entendibles y con claridad y sencillez:  qué prestaciones puede obtener, los requisitos para que se las concedan y los criterios y puntuaciones o baremos que se utilizarán para decidir cada caso.  También es necesario que se informe de la resolución fundamentada para poder recurrirla si es necesario.  Además, se ha de contar con las ayudas necesarias:  traductores y trabajadores sociales que les acompañen durante todo el proceso para facilitárselo en lo necesario.

Fomentar la participación pública y la transparencia en esta primera fase del proceso va a facilitar que se pueda superar con éxito.

Los problemas que se detecten, tanto por el funcionariado como por la ciudadanía, se han de evaluar participativa y periódicamente para mejorar el proceso. 


La transparencia en esta fase es fundamental, por ello es necesario reivindicar que el informe social y el informe de propuesta sean entregados al interesado para su conocimiento y que pueda recurrirlo de alguna manera y/o para que pueda ayudarle la opinión de la Administración en futuros intentos.

Por otra parte, al estar hablando de pobreza, condición en la cual se pierden muchos derechos básicos, sería necesario que la concesión de ayuda fuese considerado un de derecho subjetivo en la que se ha de ayudar, obligatoriamente, a quienes la sufren.  Y en casos muy graves (hambre, falta de vivienda, etc.) debería ser automática la atención de las necesidades.

Es necesario contemplar la atención adecuada a las personas en tránsito (no empadronados en Leganés) y que el empadronamiento, que en muchas ocasiones es difícil de conseguir, se sustituya por un informe de servicios sociales.

Los Ayuntamientos deberían contar con una partida presupuestaria real (basada en los cálculos necesarios para acabar con la pobreza en el municipio).  Así se conseguiría respetar el derecho subjetivo de l@s personas en situación de carencias a recibir ayuda.  Además, también tendría que estar prevista la actualización o complementación presupuestaria si así lo requiriesen las circunstancias.

Facilitar los recursos humanos y económicos suficientes para poder atender con rapidez.


Que exista transparencia para conocer los criterios con  los que actúa la Administración es fundamental tanto para la población destinataria como para las organizaciones sociales que actúan contra la pobreza.

También es muy importante una postura proactiva de la Administración para buscar alternativas de colaboración económica o de otra naturaleza en la Comunidad Autónoma, el Estado, entidades privadas, ongs, etc.

El plazo de 6 meses de silencio administrativo es un periodo demasiado largo y que perjudica seriamente a los peticionarios.  Se debería eliminar el silencio administrativo negativo.  El plazo máximo debería ser de 1 mes para que la Administración responda y lo haga con un informe fundamentado e indicando un proceso de reclamación.



martes, 15 de octubre de 2024

El coste de la crianza en 2022 en la Comunidad de Madrid

 El coste de la crianza en 2022 en la Comunidad de Madrid

El coste de la crianza en 2022 en la Comunidad de Madrid es un informe de Save the Children que con una metodología que exponen para su revisión aborda un tema importantísimo para la sociedad.  Criar un hij@ no es baladí:

  • Muchas personas no pueden hacerlo por ser conscientes de que su coste es muy elevado.  Por ello la Comunidad de Madrid cuenta con un índice de fecundidad de 1-16 hijos por mujer.
  • Otras personas, por muy diversas circunstancias, se encuentran con muchísimas dificultades.  No en vano, 2'6 millones de niños, niñas y adolescentes -el 31'8 % del total- se encuentran en riesgo de pobreza o exclusión social (tasa AROPE), porcentaje que en la Comunidad de Madrid se sitúa en el 25'1 %.
Ambas cuestiones dependen en gran medida del insuficiente apoyo público a la crianza en nuestro país. A pesar de los notables cambios introducidos recientemente, focalizados a nivel estatal en ayudas suplementarias a las familias en situación de pobreza severa o ingresos bajos, y en la Comunidad de Madrid a través de un plan de fomento de la natalidad y la conciliación que incluye, entre otras medidas, ayudas directas a mujeres embarazadas menores de 30 años, el apoyo a la crianza sigue siendo insuficiente. Las políticas de apoyo a la crianza no son homologables al resto de la UE dónde se abordan en clave de inversión en nuestro futuro, apostando por el desarrollo pleno de la infancia y de sus capacidades como factor esencial para que puedan contribuir al sistema productivo y, a partir de ahí, asegurar el bienestar propio y del conjunto de la sociedad. 

La metodología del estudio

La metodología de cálculo del coste de la crianza se basa en la elaboración de un presupuesto de necesidades básicas para distintos tipos de hogares y de niños/as en diferentes etapas.  Primero, se define una cesta de bienes y servicios básicos, así como una cantidad mínima de consumo de estos para una crianza digna.  En segundo lugar, utilizando datos de la Encuesta de Presupuestos Familiares (EPF) y combinándolos con otras fuentes de datos –precios de tiendas que están presentes en todo el territorio español u otros informes y literatura existente–, se calcula el coste mínimo correspondiente a las distintas dimensiones de la crianza identificadas. 

Las partidas analizadas son las siguientes: 

  1. Alimentación: el coste de la dieta recomendada por la Asociación Española de Pediatría, en las cantidades necesarias para cada edad, teniendo en cuenta el periodo de lactancia recomendado por la Organización Mundial de la Salud. 
  2.  Higiene: el coste de una cesta de productos de higiene en cantidades adecuadas a las necesidades de cada etapa: desde productos como pañales y toallitas húmedas en los primeros años, a desodorantes, cremas o compresas y tampones en la adolescencia.
  3.  Ropa y calzado: cuanto más pequeños, más rápidamente cambian de talla y mayor es la necesidad de cambiar de vestimenta. Se ha calculado el gasto de una cantidad básica de ropa y calzado adaptada a cada edad. 
  4.  Educación: se ha asumido que todos los niños van a escuelas públicas.  Es importante no olvidar que existe la posibilidad de que los menores de entre 0 y 3 años acudan a centros de educación infantil.  Estos centros, sin embargo, no son gratuitos y, puesto que la asistencia a ellos es, para muchas familias, más fruto de una necesidad de conciliación de la vida laboral y personal que de una decisión educacional, esta partida se ha incluido en el apartado de conciliación del presente informe. Las partidas que se han incluido para calcular el gasto educativo son comedor escolar, libros de texto y material escolar.  
  5.  Ocio y juguetes: hemos tenido en cuenta que las necesidades de juguetes son crecientes desde los 0 a los 12 años.  A partir de esa edad, el ocio cobra un mayor espacio, así como los productos tecnológicos y de telefonía. 
  6.  Sanidad: se asume que las familias hacen uso de la sanidad pública.  Se añaden costes no incluidos como dos vacunas recomendadas y no cubiertas (Rotavirus y Meningococo B), odontología y medicamentos. 
  7.  Muebles y enseres: al principio se necesitan cunas o carritos, en los años posteriores una cama, cambios en almohadas y sábanas, etc. 
  8.  Vivienda: se ha calculado la diferencia que significa pasar de no tener hijos a tenerlos (de uno a dos o más dormitorios). Se ha atribuido esta diferencia al coste de vivienda de niños y niñas, calculando el coste en función del tipo de hogar. 
  9. Gastos corrientes de la vivienda: las partidas consideradas en esta cesta de servicios son las asociadas con los costes del agua, la tasa de las basuras, la tasa de saneamiento, los gastos de comunidad, el gas y la electricidad. 
  10. Transporte: se ha calculado según precio en transporte público en todas las capitales de provincia. 
  11. Conciliación:  de 0-3 años se ha calculado el coste de escuela infantil, y para mayores de 4 años el coste en actividades extraescolares, de verano y otros cuidados (canguro). 
  12. Gastos extraordinarios: gastos esporádicos no incluidos en las otras dimensiones como paga semanal, excursiones, cumpleaños, imprevistos, etc.

Con el objetivo de extraer datos significativos a nivel autonómico, el análisis de la EPF se ha complementado con una encuesta a nivel autonómico a 200 padres/madres en la Comunidad de Madrid para, reproduciendo las preguntas de la EPF, poder evaluar las diferencias regionales en bienes y servicios que tienen variabilidad territorial: educación, conciliación (escuelas infantiles), gastos extraordinarios (excursiones escolares), vivienda y gastos corrientes, transporte y sanidad (calendario de vacunación y dentista). Los resultados se han comparado con los obtenidos en 2018.

Resultado 

El coste de la crianza en 2022 es de 814 € al mes por hijo o hija en la Comunidad de Madrid. 

En el año 2018 este coste era, de media, de 645 € mensuales.  Desde entonces, el cuidado de los niños y niñas ha aumentado en un 26%, es decir, 177 € al mesEl incremento supera al aumento general de los precios (11%), lo que revela el encarecimiento relativo de la crianza.  

Si lo comparamos con el coste de la crianza a nivel estatal en 2022, situado en 672 euros, en la Comunidad de Madrid es un 21% más caro criar a un hijo o hija


El coste de la crianza por edades


Para la franja de 0 a 3 años, el gasto más elevado es el de conciliación, que representa casi un tercio del total. Esta partida tiene una importancia fundamental en la estimulación temprana de niños y niñas, además de contribuir a facilitar la participación laboral de padres y madres. 

A partir de los 4 años y hasta los 17, el gasto en vivienda es el principal desembolso mensual para las familias. La propia dinámica del mercado de la vivienda durante las últimas décadas ha generado una presión creciente en la renta disponible de los hogares, incluso tras el estallido de la burbuja inmobiliaria, elevando de forma desproporcionada el gasto en vivienda por parte de las familias. Es algo especialmente preocupante puesto que la vivienda tiene una importancia vital en la seguridad y bienestar de niños, niñas y adolescentes: es un escenario principal de crianza y vertebra su desarrollo.

Los que no llegan


Si analizamos el porcentaje de ingresos que los hogares deberían invertir en el cuidado de sus hijos e hijas, vemos que para casi 150.000 hogares con hijos e hijas -un 20%- el coste de la crianza es inasumible, incluso dedicando la totalidad de sus ingresos a ello.

Para un 44% de los hogares, los gastos asociados a la crianza suponen más de la mitad de sus ingresos.


martes, 8 de octubre de 2024

GARANTIZAR COMEDOR ESCOLAR SANO Y GRATUITO A TODA LA INFANCIA EN RIESGO DE POBREZA (II)

 


GARANTIZAR COMEDOR ESCOLAR SANO Y GRATUITO A TODA LA INFANCIA EN RIESGO DE POBREZA (II)


La semana pasada publicamos una primera parte de este artículo con datos muy interesantes y esclarecedores.  Hoy nos seguimos haciendo eco del trabajo de Save the Children.

 La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOMLOE) incorporó el derecho subjetivo a las becas para quienes cumplan los requisitos económicos –a todo el que cumple se le concede de forma directa– sin límite presupuestario, pero solo para las «becas generales», es decir, las que convoca el Ministerio para educación posobligatoria. Quedan así fuera las ayudas de educación obligatoria, como son las ayudas de comedor escolar, que convocan comunidades autónomas y entidades locales y que pueden depender del presupuesto disponible que se les haya destinado. Si no es concesión directa sino por concurrencia competitiva, como ocurre en nueve autonomías, y no llega el presupuesto, aunque cumplas los requisitos, te puedes quedar sin ayuda.


La pena, la trampa es que aunque hay Comunidades en las que se reconoce las ayudas a los comedores escolares como derecho subjetivo, los fondos tampoco llegan dada la escasa dotación de las Comunidades o la cantidad preocupante de pobreza que existe en España.  Por ello, las coberturas de las ayudas alcanzan a un porcentaje muy pequeño de los peticionarios.

La cobertura de ayudas de comedor escolar es desigual y no alcanza al nivel de pobreza

En España las ayudas de comedor escolar solo alcanzan al 11,2% del alumnado en educación infantil y obligatoria, lejos, por tanto, de la proporción que están en situación de pobreza.  Hasta el 27,4% de pobreza infantil habría 1.085.378 niños, niñas y adolescentes sin ayuda.  Algunas de estas ayudas no son por razón de renta sino otras causas, por lo que el porcentaje real de cobertura puede ser incluso inferior. 


Y la triste conclusión es que "más de un millón de niños y niñas en pobreza pagan el comedor íntegro o no acceden".  Y aquí los datos también varían mucho por Comunidades (como se ve en el cuadro siguiente).  Resalta que sólo Euskadi tiene una cobertura superior a la tasa de pobreza y que Melilla, Ceuta, Extremadura y Castilla León, por ejemplo, tienen una cobertura muy pequeña.  En Madrid se refleja en el gráfico que aún queda mucho trabajo por realizar.


Por otra parte, resulta llamativo que, en siete comunidades autónomas (Murcia, Melilla, Ceuta, Aragón, Extremadura, La Rioja, Castilla-La Mancha), a menos que sea usuario de transporte por estar escolarizado en otro municipio o se participe en algún programa concreto, el alumnado de la ESO no está incluido en las ayudas de comedor escolar.

Las diferencias de inversión son importantes entre comunidades autónomas

Mientras el Ministerio de Educación y FP transfiere financiación a las comunidades autónomas para financiar ayudas o préstamo de libros de texto, no ocurre así con el comedor escolar, que es financiado íntegramente por CC. AA. y entidades locales, salvo en Ceuta y Melilla.  Las diferencias de cobertura y condiciones se reflejan en el diferente esfuerzo presupuestario que hacen las distintas autonomías. 


De lo que resulta que la inversión en comedores escolares es, también, una opción política de nuestros dirigentes.

Solo uno de cada diez institutos públicos de secundaria tiene servicio de comedor 

En todos los niveles, este servicio se ofrece con más frecuencia en centros concertados y privados que en los públicos, a pesar de que estos últimos escolarizan a la mayoría del alumnado vulnerable.  El caso más grave es en los centros de secundaria, donde menos de uno de cada diez institutos públicos ofrece comedor, mientras sí lo tienen nueve de cada diez centros privados que ofertan Educación Secundaria Obligatoria.  Esto significa que los adolescentes de 12 a 16 años que acuden a centros públicos no tienen en su mayoría ni siquiera la posibilidad de acceder.  Esto podría explicar las enormes diferencias de uso del comedor entre educación pública y privada en la ESO (1,9% frente a 25,2%).  



Si miramos por comunidades autónomas, llama la atención la escasez de comedores escolares en colegios en Melilla, Catalunya, Ceuta, Extremadura y Castilla-La Mancha. En secundaria destacan como excepcionales por ofrecer servicio de comedor en institutos los casos de Euskadi y Galicia, en el resto son casi inexistentes. La disponibilidad del servicio afecta claramente a los niveles de acceso. 

martes, 1 de octubre de 2024

GARANTIZAR COMEDOR ESCOLAR SANO Y GRATUITO A TODA LA INFANCIA EN RIESGO DE POBREZA (I)

 

GARANTIZAR COMEDOR ESCOLAR SANO Y GRATUITO A TODA LA INFANCIA EN RIESGO DE POBREZA (I)



En Mayo de 2022, la organización Save the Children publicó un estudio titulado "Garantizar comedor escolar sano y gratuito a toda la infancia en riesgo de pobreza", hoy vamos a difundir algunos de sus puntos más importantes.

Proporcionar alimentación saludable a través del comedor escolar es una medida eficaz y eficiente que mejora la nutrición y la salud de niños, niñas y adolescentes y tiene efectos positivos sobre su éxito educativo. 

Sin embargo, España está lejos de cumplir la Garantía Infantil Europea aprobada en junio de 2021 que compromete a garantizar comedor escolar gratuito a toda la infancia en situación de pobreza: más de un millón de niños, niñas y adolescentes bajo el umbral de la pobreza paga el comedor escolar íntegro o no accede a él. 

Son más los niños, niñas y adolescentes que acuden al comedor escolar en centros educativos concertados y privados, a pesar de que hay mucho más alumnado en situación desfavorecida en la red pública. 

El bajo acceso se debe a dos problemas: por un lado, las ayudas son insuficientes, los niveles de renta establecidos para acceder son bajos y las ayudas no son un derecho subjetivo; y por otro, no hay servicio de comedor escolar en muchos centros educativos.  Solamente 1 de cada 10 institutos de secundaria públicos tienen servicio de comedor, mientras que lo ofrecen 9 de cada 10 centros privados con ESO. Uno de cada diez colegios públicos no lo ofrece tampoco. 

Las ayudas de comedor escolar llegan solo al 11,2% del alumnado de infantil, primaria y ESO cuando la pobreza infantil en España está en el 27,4%. Las disparidades de cobertura entre comunidades van del 1,9% en Murcia al 25,2% en Canarias y únicamente en Euskadi cubren a todo el alumnado en riesgo de pobreza. 


Beneficios de acudir al comedor escolar

Estudios recientes muestran que acceder al comedor escolar implica beneficios en cuatro niveles: nutrición y salud; educación; protección social y economía familiar, y en la economía local y la sostenibilidad. 

Revisiones de la evidencia científica muestran que proporcionar una comida escolar saludable

  •  reduce la inseguridad alimentaria de niños y niñas, el riesgo de sobrepeso infantil y de diabetes en la edad adulta (1) 
  • y tiene especiales beneficios sobre la salud física y psicosocial en los más desfavorecidos (2). 
    En educación, programas experimentales de comedor escolar recientes de Reino Unido y Grecia muestran mejoras en rendimiento, comportamiento y concentración, (3) 
  • así como un menor abandono escolar. Un año adicional de comedor escolar equivaldría a 0,03 años de escolarización adicionales. Los estudiantes que tenían acceso durante 9 años al comedor escolar tenían 1,5 puntos porcentuales más de probabilidad de acceder a la universidad (4).
  • En cuarto lugar, las ayudas de comedor actúan como una medida de protección social no contributivo en tanto que son una transferencia en especie a las familias que proporciona estabilidad económica
  • Por último, los programas de comedor escolar con productos locales benefician a la economía local y generan oportunidades de empleo, sobre todo femenino.

Garantía Infantil Europea

Por medio de la Garantía Infantil Europea, aprobada en junio de 2021 en el Consejo de la Unión Europea (UE), los Estados miembro de la UE se han comprometido a garantizar a toda la infancia en situación de vulnerabilidad el acceso a seis servicios clave: 

  • Educación infantil gratuita, 
  • educación básica y actividades extraescolares gratuitas, 
  • atención sanitaria gratuita, 
  • comedor escolar saludable y gratuito, 
  • nutrición saludable y 
  • vivienda adecuada.

Hay muchos más usuarios de comedor escolar en la escuela concertada y privada que en la pública, sobre todo en la ESO

Desde un punto de vista de equidad, llama la atención que son más los niños, niñas y adolescentes que acuden al comedor escolar en centros privados, a pesar de que hay más alumnado en situación desfavorecida en la red pública. La mayor diferencia se observa en la ESO, donde menos de un 3% va al comedor en centros públicos y la proporción de usuarios se multiplica por ocho en los privados. Hay dos razones que explican esta situación: la insuficiencia de ayudas o bonificaciones de comedor y la no disponibilidad del servicio, especialmente en los institutos de secundaria. 


La cobertura de ayudas de comedor escolar es desigual y no alcanza al nivel de pobreza

 En España las ayudas de comedor escolar solo alcanzan al 11,2% del alumnado en educación infantil y obligatoria, lejos, por tanto, de la proporción que están en situación de pobreza.  Hasta el 27,4% de pobreza infantil habría 1.085.378 niños, niñas y adolescentes sin ayuda. Algunas de estas ayudas no son por razón de renta sino otras causas, por lo que el porcentaje real de cobertura puede ser incluso inferior. 


(1)  Schwartz & Rothbart, 2019; Bruckmayer, Picken y Flemons, 2021.

(2)  WFP, 2020; Guio, Frazer y Marlier, 2021.

(3)  Kitchen et al (2013) y Veloudaki et al (2016) citado en Guio, Frazer y Marlier (2021).

(4)  Bruckmayer, Picken y Flemons (2021).